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Orden Derogada

Disposición transitoria segunda. Elección del Presidente del Consejo General.

Disposición transitoria segunda de la Orden SAS/145/2010, de 21 de enero, por la que se publican los estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas. · BOE-A-2010-1559

Atención: Orden SAS/145/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Mientras no estén constituidos al menos diez Colegios territoriales, los Decanos o Presidentes de los Colegios dispondrán para la elección del Presidente del Consejo General de tantos votos como representantes tiene en el Pleno sus respectivos Colegios Serán de aplicación a estos efectos las reglas sobre el censo electoral contenidas en el artículo 4 de estos Estatutos. Para la elección del Presidente será necesaria la mayoría de los votos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-02-02.

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