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Orden Derogada

Disposición transitoria segunda. Verificadores autorizados.

Disposición transitoria segunda de la Orden ITC/360/2010, de 12 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua denominados surtidores o dispensadores destinados al suministro a vehículos automóviles de sustancias no destinadas a su uso como combustible. · BOE-A-2010-2884

Atención: Orden ITC/360/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los organismos autorizados de verificación metrológica designados para la verificación de los surtidores dispensadores de combustible a los que se refiere la Orden ITC/3720/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua denominados surtidores o dispensadores podrán verificar los surtidores o dispensadores a los que se refiere esta orden durante el plazo de un año desde su publicación, transcurrido el cual deberán obtener una designación específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-02-24.

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