Disposición transitoria segunda. Adecuación para la lectura remota.
Disposición transitoria segunda de la Orden ITC/279/2008, de 31 de enero, por la que se regula el control metrológico del Estado de los contadores de agua fría, tipos A y B. · BOE-A-2008-2386
Atención: Orden ITC/279/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Todos los contadores incluidos en el ámbito de aplicación de la presente orden podrán ser modificados, previa solicitud y con la autorización de la Administración pública competente en materia metrológica, para la incorporación de un sistema que permita su lectura a distancia, siempre que con posterioridad sean sometidos a la verificación después de reparación o modificación regulada en el capítulo II del título I, en el caso de los contadores tipo A y lo determinado en el capítulo I título III, en el caso de los contadores tipo B. La adecuación no deberá tener influencia alguna sobre las mediciones que realice el contador.
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