Disposición transitoria segunda. Subsistencia de algunas sedes y subsedes.
Disposición transitoria segunda de la Orden HAP/548/2013, de 2 de abril, por la que se crean y regulan sedes electrónicas en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. · BOE-A-2013-3702
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-09.
Texto consolidado
En tanto no se apruebe la orden ministerial por la que se crean las sedes electrónicas de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones subsistirán dichas sedes, conforme a lo establecido en la Orden EHA/3408/2009, de 17 de diciembre, por la que se crean sedes electrónicas en el Ministerio de Economía y Hacienda.
Asimismo, y de forma transitoria, el convenio de colaboración celebrado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas con la Sede Electrónica Central del extinto Ministerio de Economía y Hacienda subsistirá como realizado con la Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, hasta que dicho organismo público acuerde con el Ministerio de Economía y Competitividad el convenio de adhesión a su sede electrónica, o regule la creación de una sede independiente.
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