Disposición transitoria segunda. Información a incluir en la Memoria consolidada.
Disposición transitoria segunda de la Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado. · BOE-A-2015-9228
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-18.
Texto consolidado
Los apartados 14 a 19 de la memoria previstos en la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, se presentarán a partir de la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2017. La información de los puntos 2 y 3 del apartado 13 «Participaciones en entidades puestas en equivalencia» de la Memoria consolidada previsto en la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, se facilitará en el momento en el que la remisión de las cuentas anuales de estas entidades se efectúe por vía telemática.
Mientras las fundaciones pertenecientes al sector público estatal se integren en la Cuenta General del Estado mediante el método de puesta en equivalencia modificado se presentará información financiera agregada en memoria.
Más artículos de Orden HAP/1724/2015
- ← Disposición transitoria primera. Procedimiento de integración de las cuentas anuales de determinadas entidades en la …
- → Disposición transitoria tercera. Remisión de las cuentas anuales de las entidades controladas directa o indirectament…
- Ver la norma completa: Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado.