Disposición transitoria segunda. Aplicación de módulos económicos en convocatorias de ámbito estatal.
Disposición transitoria segunda de la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. · BOE-A-2013-10861
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-18.
Texto consolidado
Los módulos económicos que se regulan en el artículo 37 no serán de aplicación a las convocatorias para la concesión de subvenciones para la ejecución de planes de formación y programas específicos de ámbito estatal ya publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» a la entrada en vigor de la presente orden.
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