Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Orden de 23 de enero de 1974 por la que se reglamenta la elaboración, circulación y comercio de la sangría y de otras bebidas derivadas del vino. · BOE-A-1974-245
Atención: BOE-A-1974-245 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La autorización contemplada en el artículo sexto deberá ser solicitada dentro de los dos meses siguientes a partir de la publicación de la presente Reglamentación.