Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Orden de 13 de abril de 1994 por la que se dictan normas de desarrollo del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional. · BOE-A-1994-9695
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-04-29.
Texto consolidado
Durante 1994 aquellas entidades que al cierre de la convocatoria de la programación anual prevista en el artículo 6.1 de la presente Orden no hubieran adquirido la condición de Centro Colaborador y la obtuvieran dentro del plazo establecido en al disposición transitoria tercera del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, podrán solicitar ser incluidas en programaciones extraordinarias dentro de los dos meses siguientes a la finalización de dicho plazo.