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Ley Orgánica Vigente

Disposición transitoria segunda

Disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. · BOE-A-1985-11672

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-06-21.

Texto consolidado

La primera designación de los miembros de la Junta Electoral Central debe realizarse, según el procedimiento del artículo 9, dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigor de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-06-21.

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