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Ley Foral Vigente

Disposición transitoria segunda. Consejos y comisiones asesoras existentes.

Disposición transitoria segunda de la Ley Foral 9/2023, de 22 de marzo, del Consejo Navarro de Medio Ambiente. · BOE-A-2023-9222

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-05.

Texto consolidado

En tanto no se apruebe la disposición reglamentaria por la que se establezca la composición, organización y funcionamiento de las comisiones asesoras dependientes del Consejo Navarro de Medio Ambiente, se estará a lo siguiente:

a) Comisión Asesora Forestal: actuará como tal el Consejo Forestal de Navarra conforme a lo previsto en el Decreto Foral 57/2021, de 23 de junio, por el que se regulan la composición, organización y funcionamiento del Consejo Asesor Forestal de Navarra.

b) Comisión Asesora de Caza: la composición y las funciones serán las previstas en el Decreto Foral 144/1993, de 3 de mayo.

c) Comisión Asesora de Pesca: la composición y las funciones serán las previstas en el Decreto Foral 143/1993, de 3 de mayo.

d) Comisión Asesora de Economía Circular: actuará como tal la denominada Comisión de Seguimiento del Plan de Residuos, establecida en el artículo 13 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de residuos y su fiscalidad.

e) Comisión Asesora de Cambio Climático: actuará como tal el denominado Consejo social sobre política de cambio climático y transición energética, establecido en el artículo 8 de la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-05.

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