Disposición transitoria segunda. Vigencia temporal de determinadas ayudas.
Disposición transitoria segunda de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda. · BOE-A-2009-10581
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-07.
Texto consolidado
1. (Derogado)
2. Las medidas previstas en el Capítulo II del Título II de la presente Ley Foral se aplicarán hasta el 31 de diciembre de 2011.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-20377.
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