Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 8/2014, de 1 de octubre, por la que se establece un marco de financiación estable para la Universidad de Extremadura. · BOE-A-2014-10745
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-23.
Texto consolidado
La Comisión Mixta de Financiación determinará los parámetros generales a partir de los cuales se concrete el importe de la financiación genérica, así como su programación temporal, en un plazo máximo de cuatro meses desde su constitución.