Disposición transitoria segunda. Comisiones Mixtas de Transferencias.
Disposición transitoria segunda de la Ley 7/2002, de 15 de abril, de creación de la Comarca del Matarraña/Matarranya. · BOE-A-2002-9668
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-20.
Texto consolidado
Al objeto de preparar la transferencia o delegación de funciones y servicios a la Comarca del Matarraña/Matarranya, dentro del mes siguiente a la constitución del Consejo Comarcal, se creará, por Decreto del Gobierno de Aragón, una Comisión paritaria con representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de la comarca. Esta Comisión elaborará los calendarios y contenido de transferencias y delegaciones, así como las propuestas de traspasos y medios que deba recibir la Comarca del Matarraña/Matarranya. Asimismo, en igual plazo y con los mismos fines, se constituirá la Comisión de Transferencias entre la Diputación Provincial de Teruel y la Comarca del Matarraña/Matarranya.