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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda. Autorizaciones por conversión.

Disposición transitoria segunda de la Ley 6/2022, de 29 de julio, de la Viña y del Vino de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-18151

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-31.

Texto consolidado

1. Dentro del periodo establecido por la normativa de la Unión Europea en materia de autorización para plantación de vid, y siempre que cumpla los requisitos establecidos en la misma, se concederá una autorización de plantación de viñedo a aquellas personas titulares de un derecho de plantación que hayan presentado una solicitud de conversión de un derecho de plantación en una autorización, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

2. Las autorizaciones concedidas por conversión de derechos de plantación tendrán el periodo de validez determinado en la normativa comunitaria en materia de autorización para plantación de vid.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-31.

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