Disposición transitoria segunda. Asamblea constituyente.
Disposición transitoria segunda de la Ley 5/2018, de 28 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Criminología de la Región de Murcia. · BOE-A-2018-8852
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-01.
Texto consolidado
La asamblea constituyente, en el plazo de seis meses desde la aprobación de los estatutos provisionales, deberá:
1.º Elaborar y aprobar los estatutos definitivos del Colegio Profesional de Criminología de la Región de Murcia.
2.º Elegir a las personas que deberán ocupar los cargos correspondientes en los órganos de gobierno colegiales.