El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición transitoria segunda. De la obligación del visado de los Planes de voluntariado de las entidades.

Disposición transitoria segunda de la Ley 4/2025, de 22 de mayo, de voluntariado de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2025-11648

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-27.

Texto consolidado

Las entidades de voluntariado que opten a subvenciones o ayudas públicas en materia de voluntariado, o pretendan celebrar convenios con las Administraciones públicas en la materia, dispondrán de un año desde la entrada en vigor del desarrollo reglamentario de esta ley para la elaboración y visado de los planes de voluntariado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-05-27.

Más artículos de Ley 4/2025

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.