El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Disposición transitoria segunda. Adaptación de los estatutos de las sociedades cooperativas a las previsiones de esta ley.

Disposición transitoria segunda de la Ley 4/2022, de 31 de octubre, de Sociedades Cooperativas de Canarias. · BOE-A-2022-19625

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-16.

Texto consolidado

1. Las sociedades cooperativas constituidas antes del 10 de enero de 2023 deberán adaptar a esta Ley las disposiciones de las escrituras o de los estatutos sociales, en un plazo que expira el 10 de enero de 2027.

2. El acuerdo de adaptación de los estatutos sociales deberá adoptarse en asamblea general, siendo suficiente el voto a favor de más de la mitad de las personas socias presentes y representadas. Cualquier persona consejera o socia estará legitimada para solicitar del consejo rector la convocatoria de la asamblea general con esta finalidad y, si transcurridos dos meses desde la solicitud no se hubiese hecho la convocatoria, podrán solicitarla al órgano administrativo competente en materia de cooperativas de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, previa audiencia al órgano de administración, que acordará lo que proceda designando, en su caso, a la persona que habrá de presidir la asamblea general.

En todo caso, las sociedades cooperativas podrán solicitar la calificación previa del proyecto de adaptación de los estatutos a la presente ley con los mismos requisitos y condiciones establecidos para la calificación previa en esta ley y sus disposiciones reglamentarias.

3. Una vez superado el plazo establecido en el apartado 1, si las cooperativas no cumplen su obligación de presentar los estatutos adaptados en el Registro de Sociedades Cooperativas de Canarias, quedarán disueltas de pleno derecho y entrarán en período de liquidación, sin perjuicio de la posibilidad de reactivación prevista en el artículo 95, que requerirá, en todo caso, la adaptación de los estatutos a la presente ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-12-16.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-10118.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 4/2022

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.