Disposición transitoria segunda. Competencias de la extinta Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático.
Disposición transitoria segunda de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales. · BOE-A-2012-9282
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-01.
Texto consolidado
Hasta que reglamentariamente se determinen los órganos a los que corresponden las competencias asumidas por la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad como consecuencia de la extinción de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, las mismas serán ejercidas por la Viceconsejería de Medio Ambiente.