Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. · BOE-A-1993-1776
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-09-03.
Texto consolidado
En el plazo de cinco años el Consejo de Gobierno desarrollará los instrumentos de ordenación del territorio previstos en esta Ley, dando cuenta anualmente a la Asamblea Regional.