Disposición transitoria segunda. Comisión Interinstitucional de Cooperación y Solidaridad.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/2024, de 15 de febrero, de Cooperación y Solidaridad. · BOE-A-2024-4866
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-03-01.
Texto consolidado
1. Hasta el dictado del reglamento previsto en el artículo 13.5, será de aplicación, en lo que no se oponga a la presente ley, el Decreto 71/2009, de 24 de marzo, de la Comisión Interinstitucional de Cooperación para el Desarrollo.
2. A partir de la entrada en vigor de la presente ley, todas las referencias que realiza la normativa vigente a la Comisión Interinstitucional de Cooperación para el Desarrollo se entenderán realizadas a la Comisión Interinstitucional de Cooperación y Solidaridad.