Disposición transitoria segunda. Efectos retroactivos.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/2017, de 31 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2017. · BOE-A-2017-4394
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-02.
Texto consolidado
Los artículos 1 a 3 de la presente ley tendrán efectos desde el 1 de enero de 2017.
La modificación del artículo 50.1.a) de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, efectuada en el artículo 46 de la presente ley, tendrá efectos desde el 1 de enero de 2016.