Disposición transitoria segunda. Asamblea constituyente y estatutos definitivos.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/2015, de 12 de junio, de creación del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas de Galicia. · BOE-A-2015-8777
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-28.
Texto consolidado
1. La asamblea constituyente, en el plazo de seis meses desde la aprobación de los estatutos provisionales, elaborará y aprobará los estatutos definitivos del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas de Galicia y elegirá a los miembros de los órganos colegiales.
2. Los estatutos definitivos, tras ser aprobados por la asamblea, se remitirán a la consellería competente en materia de colegios profesionales a efectos de su aprobación definitiva, previa calificación de su legalidad, y se publicarán en el Diario Oficial de Galicia.