Disposición transitoria segunda. Observatorio de Calidad.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/2007, de 1 de marzo, de Calidad de los Servicios Sociales. · BOE-A-2007-6610
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-09.
Texto consolidado
El Observatorio de la calidad de los Servicios Sociales se constituirá en el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor de esta Ley.