Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/1999, de 31 de marzo, de Creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de las Illes Balears. · BOE-A-1999-9951
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-11.
Texto consolidado
La Asamblea constituyente deberá:
a) Aprobar, en su caso, la gestión de los responsables de la Asociación de Protésicos Dentales.
b) Aprobar los Estatutos definitivos del Colegio.
c) Proceder a la elección de las personas que habrán de ocupar los cargos correspondientes a los órganos colegiados.