Disposición transitoria segunda. Aprobación de los estatutos del régimen interior de la Agencia Catalana de Protección Social.
Disposición transitoria segunda de la Ley 21/2017, de 20 de septiembre, de la Agencia Catalana de Protección Social. · DOGC-f-2017-90496
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-12.
Texto consolidado
El Gobierno, en el plazo máximo de un mes y mediante decreto, debe iniciar la tramitación de los estatutos del régimen interior de la Agencia Catalana de Protección Social, que deben incluir necesariamente:
a) Las reglas sobre la convocatoria y la periodicidad de las reuniones y los criterios de votación del Consejo General y el Consejo Asesor.
b) Los criterios de representatividad de los agentes económicos y sociales en el Consejo General y en el Consejo Asesor.