Disposición transitoria segunda. Comisiones Mixtas de Transferencias.
Disposición transitoria segunda de la Ley 20/2002, de 7 de octubre, de creación de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca. · BOE-A-2002-20475
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-08.
Texto consolidado
En el plazo de un mes, tras la constitución del Consejo Comarcal, se constituirá una Comisión Mixta de Transferencias entre la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca y la Comunidad Autónoma de Aragón. La naturaleza, funciones, composición y funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias entre la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca y la Comunidad Autónoma de Aragón se regularán por lo establecido en el Capítulo I del Título II de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización. Asimismo, en igual plazo, se constituirá la Comisión de Transferencias entre las Diputaciones Provinciales de Huesca y Zaragoza y la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca.