Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 2/1995, de 6 de abril, por la que se crea la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. · BOE-A-1995-12749
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-08-01.
Texto consolidado
Mientras se dicta por la Junta de Castilla y León la normativa de desarrollo correspondiente a la Gerencia, se autoriza a la Consejería de Sanidad y Bienestar Social a realizar cuantas gestiones sean necesarias para el pago del personal, mantenimiento de los centros y realización de las actividades correspondientes a los servicios que se transfieran del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) a la Comunidad de Castilla y León.