Disposición transitoria segunda. Plazo de tramitación y resolución.
Disposición transitoria segunda de la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión. · BOE-A-2018-371
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-22.
Texto consolidado
Durante el primer año de vigencia de la presente Ley, los plazos previstos en el artículo 28.2 serán de seis meses respecto del apartado a y de nueve meses respecto del apartado b.