Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 19/2006, de 23 de noviembre, del Sistema Bibliotecario de las Illes Balears. · BOE-A-2006-22262
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-01.
Texto consolidado
En el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, se constituirán el Consejo de Bibliotecas de las Illes Balears, la Comisión Técnica de Bibliotecas de las Illes Balears, las comisiones técnicas insulares de bibliotecas y los registros insulares y general de bibliotecas de las Illes Balears.