Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad · BOE-A-1986-10499
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-05-19.
Texto consolidado
El Gobierno, teniendo en cuenta el carácter extraterritorial del trabajo marítimo, determinará en su momento la oportuna coordinación de los servicios sanitarios gestionados por el Instituto Social de la Marina con los distintos Servicios de Salud.