Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 13/2012, de 28 de junio, de Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco. · BOE-A-2012-9663
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-05.
Texto consolidado
En el plazo máximo de tres años, desde la adaptación de sus estatutos, la Agencia UNIBASQ deberá adecuar sus procedimientos, actuación y marco legal a fin de obtener su integración como miembro de pleno derecho en ENQA así como estar inscrita en el Registro Europeo de Agencias de Evaluación de Calidad EQAR.
A tal fin el Gobierno Vasco remitirá al Parlamento Vasco las adaptaciones necesarias a la presente ley.