Disposición transitoria segunda. Convenio de personal.
Disposición transitoria segunda de la Ley 13/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de inspección técnica de vehículos. · BOE-A-1994-5714
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-01-01.
Texto consolidado
El personal de la Consellería de Comercio e Industria, que con anterioridad a la fecha en que se efectúa la concesión administrativa del Servicio de Inspección Técnica de Vehículos en Menorca, desarrollaba las funciones de la competencia que se transfiere en esta isla, será objeto de un convenio entre el Consejo Insular de Menorca y el Govern de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.