Disposición transitoria segunda. Registro Oficial de Licitadores de Extremadura.
Disposición transitoria segunda de la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura. · BOE-A-2019-1791
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
Las inscripciones voluntarias realizadas en el Registro Oficial de Licitadores de Extremadura permanecerán vigentes hasta la integración de oficio de todos los operadores económicos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE).
Mediante decreto, y a propuesta de la consejería competente en materia de hacienda, se regulará el procedimiento para su tramitación, y el alcance de sus inscripciones.
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