Disposición transitoria segunda. Obligaciones de las personas y entidades relacionadas en los artículos 3 y 4 de la Ley.
Disposición transitoria segunda de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2019-10102
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.
Texto consolidado
Las obligaciones establecidas en los artículos 3 y 4 serán exigibles desde la entrada en vigor de la Ley, con independencia de que el contrato, subvención o cualesquiera otras formas de relación tengan su origen en fecha anterior, siempre que continúen vigentes.