Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio del desarrollo reglamentario de la Ley 12/2008.
Disposición transitoria segunda de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. · BOE-A-2012-547
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.
Texto consolidado
Mientras no se realice la adaptación del desarrollo reglamentario, previsto en la disposición final primera de la presente ley, quedan vigentes todas las disposiciones reglamentarias dictadas para el desarrollo de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, en todo lo que no se oponga a la presente ley.
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