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Ley Derogada

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística. · BOE-A-1990-29990

Atención: Ley 10/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Mientras los Ayuntamientos no adapten su normativa urbanística a lo que dispone el artículo 8.1 de esta Ley, el plazo máximo para comenzar las obras objeto de licencia será de seis meses y el plazo máximo para terminarlas, de veinticuatro meses.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-11-18.

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