Disposición transitoria segunda. Régimen presupuestario.
Disposición transitoria segunda de la Ley 1/2024, de 21 de junio, de creación del Instituto de Salud de Andalucía. · BOE-A-2024-13825
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-18.
Texto consolidado
1. El Instituto dispondrá de los recursos financieros previstos en los presupuestos de explotación y capital de la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud, y de la Escuela Andaluza de Salud Pública, SA, hasta que se realicen las operaciones necesarias para la modificación de los correspondientes créditos por la Consejería competente en materia de hacienda.
2. Igualmente, y en tanto no se configure una sección propia en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispondrá de las partidas presupuestarias asignadas al órgano directivo competente en materia de investigación en salud.