Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos. · BOE-A-1990-5372
Atención: Ley 1/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Consejo de Gobierno adecuará la estructura administrativa necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.