Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Resolución de 19 de febrero de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones en el ámbito de competencias del Departamento de Gestión Tributaria. · BOE-A-2004-3811
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-03.
Texto consolidado
1. Hasta tanto se adapte la relación de puestos de trabajo de la Agencia a lo establecido en la presente Resolución, las funciones y competencias de los órganos y unidades administrativas de Gestión Tributaria contemplados en la misma serán desempeñados por los actualmente existentes.
Los puestos de trabajo afectados continuarán subsistentes hasta que se apruebe la relación de puestos de trabajo adaptada a la nueva estructura orgánica.
2. Las actuales Áreas Regionales y Unidades de las Dependencias Regionales de Gestión Tributaria, las Unidades, Servicios y Secciones de las Dependencias de Gestión Tributaria y de las Administraciones de la Agencia, se integrarán en las Áreas, Servicios o Secciones Regionales reguladas en esta Resolución, de la respectiva Dependencia Regional de Gestión Tributaria.
3. Las actuaciones en curso que se hubieran iniciado por las Unidades, Servicios y Secciones de las Dependencias de Gestión Tributaria y de las Administraciones de la Agencia, serán finalizadas en el seno de la correspondiente Dependencia Regional de Gestión Tributaria por las Unidades, Servicios y Secciones que las hubieran iniciado.
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