DISPOSICIÓN TRANSITORIA
DISPOSICIÓN TRANSITORIA del Real Decreto 1559/1986, de 28 de junio, por el que se reduce la edad de jubilación del personal de vuelo de trabajos aéreos. · BOE-A-1986-20588
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-08-01.
Texto consolidado
A quienes por haber tenido la condición de mutualista en cualquier Mutualidad Laboral de trabajadores por cuenta ajena en 1 de enero de 1967 tengan derecho, de acuerdo con lo dispuesto en el número 9 de la disposición transitoria primera de la Orden de 18 de enero de 1967, en la redacción dada por la Orden de 17 de septiembre de 1976, a causar la pensión de jubilación a partir de los sesenta años, les serán aplicables los coeficientes establecidos en el artículo 2º del presente Real Decreto, al exclusivo efecto de determinar el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, con arreglo a la escala contenida en la citada disposición transitoria, teniéndose en cuenta, a todos los demás efectos, la edad real del trabajador.