DISPOSICIÓN TRANSITORIA
DISPOSICIÓN TRANSITORIA del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios. · BOE-A-1989-28111
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-11-29.
Texto consolidado
Por los documentos autorizados que contengan los actos y contratos para adaptar las Sociedades existentes a las exigencias de la ley 19/1989, de 25 de julio, de Reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea en materia de Sociedades, se percibirán los derechos que resulten de aplicar el Arancel adjunto, reducidos en un 30 por 100.
Igual reducción se observará en relación con los documentos autorizados que contengan las actos y contratos necesarios para la inscripción en el Registro Mercantil de las Sociedades y Entidades ya existentes, que no estando obligadas a inscribirse conforme a la legislación anterior, resulten obligadas a ello en virtud de la citada Ley.