Disposición transitoria.
Disposición transitoria del Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados. · BOE-A-1988-25427
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-04.
Texto consolidado
Lo dispuesto en este Real Decreto no será de aplicación a los cementos que se utilicen, a partir de la fecha de entrada en vigor del mismo, en la ejecución de obras contratadas con anterioridad a dicha fecha ni a los que figuren en proyectos que hayan sido aprobados por las Administraciones Públicas o visados por los Colegios Profesionales antes de la fecha mencionada, salvo acuerdo entre las partes contratantes y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6.º del presente Real Decreto.