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Real Decreto Anulada

Disposición transitoria quinta. Servidumbre, tiempo mínimo de permanencia y solicitud de destinos.

Disposición transitoria quinta del Real Decreto 848/2017, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2017-10832

Atención: Real Decreto 848/2017 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Quienes, a la entrada en vigor de este real decreto, estuvieran sujetos al cumplimiento de servidumbre por razón de título o de tiempo mínimo de permanencia por razón de destino, se regirán por la normativa anterior en relación con los efectos y las limitaciones por ellos generadas.

2. La previsión contemplada en el artículo 17.6 del Reglamento de destinos no será efectiva para aquellas aptitudes publicadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, que hubieran generado la condición de destinable forzoso por razón de título.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-03-23.

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