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Disposición transitoria quinta. Particularidades de cálculo de la retribución a la operación para el cuarto trimestre del año 2024.

Disposición transitoria quinta de la Orden TED/526/2024, de 31 de mayo, por la que se establece la metodología de actualización de la retribución a la operación de las instalaciones tipo de generación de energía eléctrica cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible y se actualizan sus valores de retribución a la operación de aplicación a partir del 1 de enero de 2024. · BOE-A-2024-11291

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-05.

Texto consolidado

La actualización de la retribución a la operación para el cuarto trimestre del año 2024 de las instalaciones tipo incluidas en el ámbito de aplicación se realizará de acuerdo con lo establecido en esta orden con las siguientes particularidades:

a) Para la estimación del precio de mercado eléctrico regulada en el artículo 6, los coeficientes de ponderación tomarán los siguientes valores:

Coeficiente

Valor

a

0

b

0,55

c1, c2, c3

0,15

b) Para el cálculo del precio estimado del gas natural en el punto virtual de balance regulado en el artículo 8.2, los coeficientes de ponderación tomarán los siguientes valores:

Coeficiente

Valor

a’

0

b’

0,55

c1', c2', c3’

0,15

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-06-05.

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