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Orden Derogada

Disposición transitoria quinta.

Disposición transitoria quinta de la Orden de 14 de julio de 1995 sobre títulos y licencias aeronáuticos civiles. · BOE-A-1995-17862

Atención: BOE-A-1995-17862 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los poseedores de un título de Piloto Comercial, obtenido de acuerdo con la Orden de 24 de mayo de 1955, estarán exentos del requisito indicado en el apartado 2.1.4.2 si han obtenido una habilitación de tipo con anterioridad al 1 de enero de 1992.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-07-25.

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