Disposición transitoria quinta.
Disposición transitoria quinta de la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial en Aragón. · BOE-A-1989-25944
Atención: Ley 9/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo de quince días a partir de la entrada en vigor de la presente Ley la Diputación General regulará, mediante Decreto, el Registro General de Empresarios de Comercio y Establecimientos Mercantiles de la Comunidad Autónoma de Aragón.