Disposición transitoria quinta.
Disposición transitoria quinta de la Ley 5/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Jaén. · BOE-A-1993-21945
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-07-07.
Texto consolidado
Hasta tanto no se aprueben los Estatutos de la Universidad de Jaén, la Consejería de Educación y Ciencia mantendrá, respecto a ésta, las competencias que la Ley 11/1983 atribuye a las Universidades, sin perjuicio del ejercicio por los órganos creados en la presente Ley de las funciones específicas que se les asignan.