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Ley Derogada

Disposición transitoria quinta.

Disposición transitoria quinta de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-1986-12725

Atención: Ley 4/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El ejercicio de facultades de titularidad sobre bienes y derechos patrimoniales de la Comunidad Autónoma atribuido por esta Ley a la Consejería de Hacienda y que en virtud de acuerdos del Consejo de Gobierno adoptados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley estuviese delegado en las distintas Consejerías, continuará siendo competencia de las mismas hasta tanto se constituyan los correspondientes Organismos autónomos o Entidades públicas o privadas a las que se encomiende su gestión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-05-29.

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