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Ley Derogada

Disposición transitoria quinta.

Disposición transitoria quinta de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1993-26323

Atención: Ley 2/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Aquellos cotos privados de caza en los que a la entrada en vigor de esta Ley se practique la caza con carácter intensivo sin estar contemplado dicho régimen en su plan técnico, no podrán seguir con ese régimen de explotación mientras no presenten un nuevo plan y se apruebe el mismo por la Consejería de Agricultura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-11-04.

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