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Ley Vigente

Disposición transitoria quinta. Plazo de presentación de la autoliquidación del Impuesto.

Disposición transitoria quinta de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. · BOE-A-2012-15649

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-31.

Texto consolidado

Los contribuyentes por el Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica que a la entrada en vigor de esta Ley hayan concluido su período impositivo deberán presentar la autoliquidación del mismo en los 20 primeros días naturales del mes de enero de 2014.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-10-31.

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